Dando cumplimiento al artículo 2 de la Ley 550 de 1999, la Asamblea del Valle del Cauca aprobó el 3 de agosto de 2012, la Ordenanza 358 de 2012, “Por medio de la cual se conceden facultades y autorizaciones al Gobernador del departamento del Valle del Cauca, para promover, negociar y celebrar un acuerdo de reestructuración de pasivos del departamento del Valle del Cauca en los términos de la Ley 550 de 1999”.
La autorización comprende realizar "todos los traslados y ajustes presupuestales necesarios para dar cumplimiento al Acuerdo". Igualmente, autorizar al gobernador para "realizar cruces de cuentas con los acreedores de la Administración para que puedan cancelar los impuestos, tasas, multas y contribuciones a su cargo, con el valor de las acreencias a su favor reconocidas en el Acuerdo".
Las facultades y autorizaciones se conceden hasta que se defina el Acuerdo, salvo las presupuestales que serán hasta por 6 meses a partir de la suscripción del documento con los acreedores.
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Última fecha de actualización: Martes 10 de julio de 2018 04:29 pm
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